La Ley Orgánica 5/2002, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, señala que el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional (en adelante SNCPyFP) constituye el elemento central en torno al que gira la reforma de la Formación Profesional con carácter integral.
Dicha Ley Orgánica define el SNCPyFP como “el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo”.
El SNCPyFP se rige por los siguientes principios básicos recogidos en el artículo 2 de la mencionada Ley:
a) La formación profesional estará orientada tanto al desarrollo personal y al ejercicio del derecho al trabajo como a la libre elección de profesión u oficio y a la satisfacción de las necesidades del sistema productivo y del empleo a lo largo de toda la vida.
b) El acceso, en condiciones de igualdad de todos los ciudadanos, a las diferentes modalidades de la formación profesional.
c) La participación y cooperación de los agentes sociales con los poderes públicos en las políticas formativas y de cualificación profesional.
d) La adecuación de la formación y las cualificaciones a los criterios de la Unión Europea, en función de los objetivos del mercado único y la libre circulación de trabajadores.
e) La participación y cooperación de las diferentes Administraciones públicas en función de sus respectivas competencias.
f) La promoción del desarrollo económico y la adecuación a las diferentes necesidades territoriales del sistema productivo.
Con todo ello, los fines marcados para el SNCPyFP, establecidos, igualmente en el artículo 3, son:
EL SNCPyFP, se fundamenta sobre cuatro pilares sobre los que se va a desarrollar de forma más específica dicha reforma:
La evaluación del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional tendrá la finalidad básica de garantizar la eficacia de las acciones incluidas en el propio Sistema y su adecuación permanente a las necesidades del mercado de trabajo.
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